SCJN elimina requisitos clave: pensión por concubinato ya no exigirá matrimonio ni hijos
SCJN elimina requisitos para pensión por concubinato

SCJN elimina requisitos clave para pensión por concubinato en el ISSSTE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido una resolución histórica que elimina requisitos fundamentales para acceder a la pensión por concubinato en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Este fallo, aprobado con seis votos a favor y dos en contra, declara inconstitucional la exigencia de cinco años de convivencia o la existencia de hijos en común, criterios que habían estado vigentes desde 2007.

Un cambio en la interpretación legal

La decisión del Pleno de la SCJN modifica jurisprudencias emitidas entre 2008 y 2015, estableciendo que los requisitos previos vulneraban derechos como la igualdad, la no discriminación y la protección de la familia. Este cambio representa una evolución significativa en la interpretación legal aplicable a los casos de seguridad social, abriendo la puerta a un acceso más equitativo a las pensiones.

Origen del caso y resolución

La resolución deriva del caso de un viudo cuya pareja, pensionista del ISSSTE, falleció en 2022. Aunque un juez familiar reconoció el concubinato desde 2019, el instituto negó la pensión al no cumplirse el plazo de cinco años. El afectado obtuvo un amparo en noviembre de 2024, y la SCJN atrajo el caso en 2025 para revisar el criterio, lo que culminó en la invalidación del requisito. El proyecto fue presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, quien argumentó la necesidad de adaptar las normas a realidades sociales contemporáneas.

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¿Qué cambia con el nuevo criterio?

Con esta decisión, será posible acceder a la pensión por viudez sin necesidad de:

  • Haber contraído matrimonio por registro civil
  • Tener hijos en común con la persona fallecida
  • Cumplir un plazo mínimo de convivencia establecido previamente

Sin embargo, la SCJN no estableció un nuevo periodo mínimo para acreditar el concubinato. El ministro ponente señaló que corresponde al Poder Legislativo definir estos parámetros, por lo que el Congreso de la Unión deberá establecer un nuevo marco legal en el futuro.

Cómo acreditar el concubinato ahora

Aunque se eliminó el requisito de tiempo, el acceso a la pensión no será automático. Las personas solicitantes deberán demostrar la existencia de la relación mediante evidencia concreta. Entre los elementos que podrán presentarse se encuentran:

  1. Comprobantes de domicilio compartido, como recibos de servicios o contratos de arrendamiento
  2. Documentos que acrediten vida en común, como fotografías o correspondencia
  3. Testimonios de familiares, amigos o vecinos que confirmen la relación

La autoridad evaluará cada caso de manera individual, y la carga de la prueba recaerá en quien solicite el beneficio, asegurando un proceso justo y transparente.

Implicaciones y futuro de la decisión

La ausencia de un plazo mínimo implica que cada solicitud dependerá de la evidencia presentada, mientras el Congreso define criterios más claros. Este cambio también abre la discusión sobre el reconocimiento legal de distintos modelos familiares y su impacto en el sistema de seguridad social mexicano. En este contexto, la evaluación caso por caso será determinante para el otorgamiento de la pensión por concubinato en el ISSSTE, promoviendo una mayor inclusión y equidad.

La resolución de la SCJN marca un precedente importante en la protección de derechos sociales, reflejando un avance hacia políticas más adaptadas a la diversidad de realidades familiares en México.

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