SCJN declara inconstitucional plazo de 5 años para pensión ISSSTE por concubinato
SCJN: Inconstitucional plazo de 5 años para pensión ISSSTE por concubinato

SCJN Declara Inconstitucional Plazo de 5 Años para Pensión ISSSTE por Concubinato

En una sesión histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presidida provisionalmente por la ministra Lenia Batres, el Pleno abandonó un criterio anterior y declaró inconstitucional el requisito de cinco años de convivencia para acceder a una pensión por concubinato ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). La decisión, tomada con mayoría de seis votos, marca un cambio significativo en el reconocimiento de los derechos de las parejas en uniones de hecho.

Detalles de la Sesión y Contexto Político

La sesión inició a las 10:31 horas, con Batres asumiendo la presidencia debido a la ausencia del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien asistía a un evento conmemorativo. Esta situación generó comentarios en redes sociales, donde usuarios vieron un adelanto de su posible presidencia oficial a partir de septiembre de 2027, tras ser la segunda más votada en los comicios de 2025. La presencia de cinco ministros al inicio, con incorporaciones posteriores de Yasmín Esquivel, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero, reflejó la dinámica del nuevo Pleno post-reforma judicial.

Debate sobre Modelos Familiares y Requisitos de Tiempo

Durante el debate, los ministros destacaron la necesidad de adaptarse a los "nuevos modelos de familia", señalando el aumento de parejas que no se casan ni tienen hijos. El ministro ponente, Irving Espinosa Betanzo, argumentó que la concepción de familia ha evolucionado drásticamente en las últimas décadas. Sin embargo, no se logró un acuerdo para establecer un plazo mínimo alternativo para acreditar el concubinato, dejando esta cuestión pendiente para futuras discusiones.

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En contraste, la ministra Batres defendió el plazo de cinco años, considerándolo objetivo y constitucional para distinguir entre concubinato y matrimonio en el acceso a pensiones y servicios de salud. Coincidió con la ministra Sara Irene Herrerías en mantener los requisitos de tiempo según las leyes civiles estatales, argumentando que sin un plazo, se desnaturalizaría la figura del concubinato.

Referencias Culturales y Conclusión Pacífica

El ministro Arístides Guerrero enriqueció el debate al mencionar la canción "La familia, la propiedad privada y el amor" de Silvio Rodríguez, lanzada en 1969, para criticar las concepciones tradicionales del matrimonio. Subrayó la relevancia de discutir en 2026 si las familias derivadas de concubinato merecen los mismos derechos que las matrimoniales. Finalmente, el proyecto fue avalado por mayoría, con Batres aceptando la decisión sin insistir en su postura, lo que permitió una sesión tranquila y concluyente.

Este fallo no solo impacta a los trabajadores del Estado, sino que sienta un precedente en la jurisprudencia mexicana sobre derechos familiares y seguridad social, reflejando los cambios sociales en curso.

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