Gobierno Federal Propone Ley Integral para Combatir el Feminicidio con Sanciones Severas
Durante la conferencia de prensa matutina "Las Mañaneras de Pueblo", la presidenta Claudia Sheinbaum presentó oficialmente una ambiciosa propuesta de Ley General para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por el delito de feminicidio. Esta iniciativa, elaborada conjuntamente por la Secretaría de las Mujeres y la Fiscalía General de la República, parte de un entendimiento fundamental: el feminicidio no es únicamente un delito, sino una grave violación a los derechos humanos que exige respuestas estructurales y coordinadas de todas las instituciones del Estado mexicano.
Un Marco Legal Nacional para Erradicar la Impunidad
"La propuesta es que en un artículo de la Constitución se permita que haya una ley general para prevenir, sancionar y reparar el daño por feminicidio", explicó la mandataria. "Que todas las fiscalías del país tengan una ley que permita acabar con la impunidad contra el feminicidio y también que se desarrolle una serie de políticas para prevenirlo". La ley será enviada este mismo día a la Cámara de Senadores para su discusión y eventual aprobación. Como ley general, requerirá primero la aprobación del Congreso de la Unión y posteriormente su armonización y aplicación en cada uno de los estados de la República.
La fiscal general de la República, Ernestina Godoy, enfatizó la trascendencia humana de la iniciativa: "Desde la Fiscalía General de la República reconocemos con plena conciencia que hablar de feminicidios no solo es hablar de cifras o de normas jurídicas, es hablar de vidas que fueron arrebatadas". El objetivo central de la ley es combatir y erradicar la violencia contra las mujeres, fomentando una colaboración estrecha entre las instituciones del Estado, los colectivos feministas y las organizaciones de la sociedad civil.
Reforma Constitucional y Sanciones Penales Estrictas
El primer paso necesario para implementar esta ley es una Reforma Constitucional que modifique el inciso "a" de la fracción 21 del artículo 73. Esta modificación facultaría al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Prevención, Investigación y Sanción del Feminicidio. La propuesta establece una pena principal de 40 a 70 años de prisión para el delito consumado. Además, se sanciona la tentativa con una pena que va desde la mitad hasta las dos terceras partes de la pena establecida.
La ley reconoce nueve razones de género que configuran el delito, entre las que se incluyen:
- Signos de violencia sexual.
- Antecedentes de violencia contra la víctima.
- Delito motivado por estereotipos o prejuicios de género.
- Contextos de asimetría de poder.
Además de la pena privativa de la libertad, el responsable enfrentará consecuencias civiles y administrativas severas:
- Pérdida de derechos sucesorios sobre propiedad o bienes de la víctima.
- Pérdida de la tutela, curatela, guarda y custodia de hijos o dependientes.
- Pérdida de la patria potestad.
- Destitución e inhabilitación permanente para desempeñar cualquier cargo público.
Agravantes y Protocolos de Investigación Homologados
La iniciativa contempla 21 agravantes específicos que pueden incrementar la pena hasta en una mitad. Algunos de estos agravantes son:
- Que la víctima sea niña, adolescente o persona mayor.
- Que la víctima tenga alguna discapacidad.
- Que el feminicidio se cometa frente de hijas o hijos de la víctima.
- Que la víctima pertenezca a pueblos originarios.
Para garantizar una investigación eficaz, la ley establece la obligación de investigar con debida diligencia y propone la homologación de protocolos especializados de actuación que deben ser aplicados por todas las autoridades responsables. Estos protocolos deben incorporar:
- La perspectiva de género en todas las etapas del proceso.
- El análisis del contexto de violencia.
- La preservación adecuada de indicios y evidencia.
- La coordinación efectiva entre instituciones.
Asimismo, se establece que la unidad de la fiscalía que inicie la investigación, junto con el ministerio público adscrito, deberán intervenir en todas las etapas del proceso para garantizar la contundencia procesal y la protección de los derechos de la víctima.
Derechos de las Víctimas Indirectas y Medidas de Reparación
La subsecretaria del Derecho a una Vida Libre de Violencias, Ingrid Gómez Saracíbar, destacó que el feminicidio trasciende a la víctima directa. Por ello, la propuesta también busca asegurar los derechos de las víctimas indirectas, como hijas, hijos o cualquier persona del círculo cercano de la víctima. La ley incluye medidas integrales de apoyo:
- Atención médica y psicológica especializada y gratuita.
- Asistencia jurídica gratuita.
- Prohibición expresa de difundir imágenes de las víctimas en medios digitales.
- Creación de una comisión especializada para acompañar la implementación de la ley.
"No creo que haya nadie que se oponga a que la muerte violenta de una mujer sea investigada como feminicidio y que haya protocolos para poder castigar al responsable o a la responsable", concluyó de manera enfática la presidenta Sheinbaum, subrayando el consenso social que se espera alrededor de esta iniciativa legislativa histórica.



