Karina Santillán Cano aclara la realidad legal sobre las deudas en México
¿Te han llamado a las seis de la mañana para amenazarte con la cárcel por una tarjeta de crédito o un préstamo personal? En México, esta escena lamentablemente se ha convertido en el pan de cada día para miles de personas, alimentando una creencia muy extendida y peligrosa: que si alguien deja de pagar una deuda, su destino inevitable es la prisión. Basta con que un cobrador haga una llamada intimidante o envíe un mensaje amenazante para que muchas personas crean que están a punto de enfrentar consecuencias penales severas. Pero la realidad jurídica es otra y es mucho más clara de lo que el miedo nos permite ver.
La Constitución es tajante: no hay prisión por deudas civiles
No pagar una deuda no es un delito en nuestro país. Nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es tajante y explícita en su artículo 17: “Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”. En la gran mayoría de los casos —desde el adeudo de una tienda departamental hasta un préstamo entre particulares— se trata de un asunto estrictamente civil, no penal. Esto significa que el conflicto no se resuelve con policías ni con rejas, sino mediante un procedimiento ante un juez de lo civil, quien evaluará las circunstancias de cada caso.
El proceso legal correcto para el cobro de deudas
Cuando una persona deja de cumplir con un pago, el acreedor tiene el derecho legítimo de acudir a los tribunales para buscar una solución. Sin embargo, el objetivo principal de este proceso no es castigar al deudor con la cárcel, sino buscar la manera de recuperar el dinero adeudado mediante mecanismos legales establecidos. Aquí es donde conviene aclarar algo fundamental: que no sea un delito no significa que no existan consecuencias legales importantes. Si el acreedor obtiene una resolución favorable después de presentar pruebas suficientes, un juez puede ordenar medidas específicas para garantizar el cumplimiento de la deuda.
Entre estas medidas se encuentra el famoso embargo de bienes, pero incluso en este procedimiento existen reglas de protección ciudadana bien definidas. La ley establece claramente que hay bienes inembargables que no pueden ser tocados: el lecho cotidiano (su cama), la ropa personal, los muebles que no sean de lujo excesivo, los instrumentos o herramientas necesarios para su oficio, arte o profesión, y el patrimonio de familia registrado. La justicia busca principalmente el pago justo, no el despojo total que impida la subsistencia básica del deudor y su familia.
Las tácticas intimidatorias de los despachos de cobranza
Por eso es vital aprender a distinguir entre los mitos populares y la realidad legal. Los despachos de cobranza, especialmente aquellos que operan en los límites de la legalidad, suelen utilizar un lenguaje intimidante y amenazante para generar pánico inmediato en los deudores. Hablan frecuentemente de “órdenes de aprehensión” inexistentes o consecuencias penales que simplemente no aplican en estos casos de deudas civiles. Estas tácticas buscan presionar psicológicamente a las personas para que paguen rápidamente, muchas veces sin considerar sus circunstancias económicas reales.
El derecho mexicano busca equilibrar cuidadosamente dos intereses legítimos: el del acreedor que tiene derecho a recuperar su capital prestado y el del deudor, que tiene derecho a un proceso legal justo, sin intimidaciones ni amenazas ilegales que vulneren su dignidad y derechos fundamentales. Entender esta distinción es clave para tomar decisiones informadas y no actuar movido por el pánico. Las deudas deben cumplirse, sí, pero también deben reclamarse exclusivamente por las vías legales correctas establecidas en nuestra legislación.
El conocimiento como herramienta contra el miedo
Desde la columna Derecho en Perspectiva, Karina Santillán sostiene que el miedo casi siempre nace de la desinformación y la falta de conocimiento sobre nuestros derechos básicos. Conocer la diferencia fundamental entre un delito penal y un conflicto civil puede marcar la diferencia entre vivir con angustia constante o enfrentar un problema financiero con claridad y tranquilidad. Porque el derecho no solo sirve para resolver pleitos y conflictos; también sirve para desmontar mitos peligrosos y devolverle la tranquilidad al ciudadano que se enfrenta a situaciones difíciles.
La educación legal básica se convierte así en una herramienta de empoderamiento ciudadano, permitiendo que las personas enfrenten sus obligaciones financieras con conocimiento de causa y sin caer en el pánico infundado que generan las prácticas abusivas de ciertos despachos de cobranza. Al final, comprender que no pagar una deuda es un asunto civil con consecuencias específicas —no penales— permite abordar la situación desde una perspectiva más racional y menos emocional.



