TEPJF protege libertad de expresión en caso de activista que denunció vínculos de jueza con 'El Chapo'
En una decisión que marca un precedente significativo para la libertad de expresión en México, la Sala Regional de Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sanción impuesta al activista Miguel Alfonso Meza, quien había sido acusado de violencia política de género por revelar los vínculos profesionales de la jueza penal de Chihuahua, Silvia Rocío García, con el narcotraficante Joaquín "El Chapo" Guzmán.
El caso: denuncias sobre una "narcoabogada"
Miguel Meza, fundador del proyecto colaborativo "Narcopolíticos", realizó publicaciones en redes sociales donde señaló que Silvia Rocío García, entonces candidata a jueza penal, había sido abogada defensora de Guzmán Loera durante 2016 y 2017. Inicialmente, las autoridades electorales sancionaron al activista con:
- La obligación de emitir una disculpa pública en sus redes sociales
- La eliminación de todas las publicaciones relacionadas con el tema
- Inscripción en el registro estatal y nacional de personas sancionadas por violencia política de género por 180 días
Sin embargo, durante la sesión del 16 de abril, los magistrados determinaron que el contenido de las publicaciones no estaba relacionado con el género de la candidata, sino que cuestionaba legítimamente su idoneidad para desempeñar el cargo debido a su trayectoria profesional.
Fundamentos del fallo histórico
El Tribunal Electoral estableció varios argumentos clave en su resolución:
- Protección del término "narcoabogada": Consideraron que esta expresión está basada en información veraz, ya que la propia jueza participó en el documental "Los narcoabogados del crimen organizado".
- Ampliación de límites críticos en contextos electorales: Determinaron que durante procesos electorales, "los límites de la crítica aceptable son más amplios".
- Ejercicio del derecho a defender la democracia: Reconocieron que el ciudadano ejerció su "derecho a defender la democracia y la independencia judicial".
"Por ahora, no tendremos que borrar nuestra investigación sobre la abogada de El Chapo ni pedir disculpas. Y, más importante: logramos un precedente que protege la libertad de exponer los vínculos entre funcionarios públicos y el crimen organizado", celebró Miguel Meza en sus redes sociales tras conocer el fallo.
Reacciones y apoyo de organizaciones civiles
La organización Artículo 19 reconoció públicamente la decisión del TEPJF, destacando que "el discurso político sobre asuntos de interés público y personas a ocupar cargos públicos se consideran especialmente protegidos por el derecho humano a la libertad de expresión". La organización advirtió que inhibir o sancionar opiniones sobre información de interés social "viola la libertad de expresión al desestimular el debate público" y "genera un efecto de autocensura".
Preocupante tendencia: uso incorrecto de la violencia política de género
Este caso se enmarca en una preocupante tendencia documentada en los últimos años, donde la figura de violencia política de género ha sido utilizada incorrectamente como mecanismo para silenciar críticas legítimas. Datos del Instituto Nacional Electoral (INE) presentados en 2025 revelaron que el 65% de los sancionados por este delito fueron periodistas y ciudadanos.
Organizaciones como la Red en Defensa de los Derechos Digitales han documentado cómo "se ha desplegado un sistema de control previo de información a partir de las autoridades electorales que ha sido utilizado para silenciar críticas legítimas en el ámbito político bajo la excusa de proteger a las mujeres de violencia".
Casos emblemáticos de censura disfrazada
Uno de los casos más polémicos ocurrió en 2025, cuando la diputada federal del PT, Diana Karina Barreras, denunció por violencia política de género a una ciudadana que en redes sociales señaló que la petista obtuvo su curul gracias a su esposo, Sergio Gutiérrez Luna. El TEPJF falló a favor de la diputada, imponiendo a la ciudadana:
- Pago de una multa
- Publicación de la sentencia en su perfil de X
- Asistencia a cursos de sensibilización
- Inscripción al registro de personas sancionadas
- Disculpas públicas durante 30 días consecutivos refiriéndose a la diputada como "Dato Protegido"
Esta sentencia generó indignación ciudadana y fue incluso cuestionada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, quien la calificó de desproporcionada.
El fallo a favor de Miguel Meza representa un importante contrapeso a esta tendencia censora, reafirmando que las críticas basadas en información veraz sobre la idoneidad de funcionarios públicos deben estar protegidas, especialmente cuando involucran posibles vínculos con el crimen organizado. El activista, sin embargo, mantiene "la guardia en alto", ya que la decisión aún podría ser impugnada por la exabogada del "Chapo".



