SAT amplía horarios de atención para facilitar la Declaración Anual 2025
Con el plazo límite del 30 de abril acercándose rápidamente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una medida extraordinaria para asistir a los contribuyentes en la presentación de su Declaración Anual de impuestos para personas físicas. La institución ha extendido significativamente los horarios de atención en sus oficinas a nivel nacional, con el objetivo claro de brindar un apoyo más amplio y accesible a los causantes durante este período fiscal crítico.
Horario extendido y sistema de citas
A partir del miércoles 22 de abril y hasta el final del mes, las 169 oficinas del SAT en todo el país operarán con un horario ampliado, abriendo sus puertas a las 9:00 de la mañana y cerrando a las 18:00 de la tarde, de lunes a viernes. Este esfuerzo institucional busca proporcionar mayor flexibilidad y tiempo a los contribuyentes que requieren asistencia presencial para completar su declaración correspondiente a los ingresos del año 2025.
Para garantizar una atención ordenada y eficiente, la dependencia ha habilitado un sistema de citas previas, el cual debe ser agendado a través de su portal oficial. Este mecanismo permite a los usuarios verificar la disponibilidad de fechas y horarios, optimizando así su visita a las oficinas y reduciendo tiempos de espera.
Obligatoriedad y sanciones por incumplimiento
El SAT ha enfatizado la obligatoriedad de presentar la declaración anual dentro del plazo establecido, recordando a los contribuyentes que el incumplimiento puede derivar en multas económicas que oscilan entre los mil 800 pesos y más de 22 mil pesos, dependiendo de la gravedad de la omisión. La institución ha implementado mejoras continuas en sus procesos para facilitar este trámite fiscal, destacando que la presentación también puede realizarse de manera digital a través del Portal del SAT, disponible las 24 horas del día durante todo el mes de abril.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
En México, la presentación de la Declaración Anual es obligatoria para personas físicas que obtuvieron ingresos durante el año 2025 por las siguientes actividades:
- Sueldos y salarios: Cuando los ingresos anuales totales superan los 400 mil pesos, se trabajó para un solo empleador y se dejó de laborar antes del 31 de diciembre de 2025, o se obtuvieron ingresos adicionales por indemnización, jubilación o pensiones que exceden los montos establecidos por la ley.
- Servicios profesionales y actividades empresariales, incluyendo aquellas realizadas a través de plataformas tecnológicas o bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, y obtención de intereses o dividendos.
La declaración anual corresponde al pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los ingresos obtenidos en el año previo, en este caso 2025. El SAT insta a todos los contribuyentes a cumplir con esta responsabilidad fiscal en tiempo y forma, aprovechando las opciones de atención presencial con horario extendido o la plataforma digital disponible.



