La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo que prohíbe a las instituciones públicas de educación superior cobrar cuotas en programas de posgrado. Esta decisión, publicada el 15 de mayo de 2025, establece que la educación gratuita debe aplicarse a todos los niveles, incluidos maestrías y doctorados.
Detalles del fallo
El amparo fue promovido por un estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) que impugnó el cobro de inscripción y colegiaturas en un posgrado. La Corte determinó que el artículo 3° constitucional garantiza la gratuidad de la educación pública en todos sus niveles, sin excepción.
Reacciones
Organizaciones estudiantiles celebraron la resolución, mientras que universidades como la UNAM y el Instituto Politécnico Nacional (IPN) señalaron que deberán ajustar sus presupuestos para mantener la operación sin cuotas. La Secretaría de Educación Pública (SEP) indicó que analizará el impacto financiero.
Contexto legal
Previamente, la SCJN había emitido criterios similares para licenciatura, pero esta es la primera vez que se extiende explícitamente a posgrados. El fallo sienta un precedente vinculante para todas las instituciones públicas del país.
Expertos en derecho educativo consideran que la decisión fortalece el derecho a la educación, aunque advierten sobre posibles retos presupuestales. La Corte también ordenó a la UNAM devolver los montos cobrados al quejoso.
Implicaciones futuras
Se espera que el amparo genere una ola de solicitudes similares en otras universidades. El gobierno federal deberá garantizar recursos suficientes para cubrir los costos operativos de los posgrados sin recurrir a cuotas.



