La Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) rige para los trabajadores que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. A diferencia de la Ley 97, este esquema no permite retiros parciales anticipados de la cuenta de Afore, como por matrimonio o desempleo. Los recursos solo pueden retirarse al final de la vida laboral, ya sea por cesantía o vejez, cumpliendo con un mínimo de 500 semanas cotizadas.
¿Qué es la Ley 73 del IMSS?
La Ley 73 del IMSS es el régimen de pensiones aplicable a los trabajadores que iniciaron su vida laboral formal antes del 1 de julio de 1997. Estos empleados fueron registrados bajo las prestaciones de la Ley Federal del Trabajo y cuentan con un sistema de pensiones distinto al de la Ley 97, que entró en vigor a partir de esa fecha.
Según el IMSS, los trabajadores de la Ley 73 no pueden hacer retiros parciales de su Afore antes de los 60 años. Esto contrasta con la Ley 97, donde sí se permiten retiros por matrimonio, desempleo o ahorro voluntario.
Modalidades de retiro bajo la Ley 73
Existen dos modalidades para acceder a los recursos de la Afore bajo la Ley 73:
- Pensión por cesantía en edad avanzada: para trabajadores de 60 a 64 años.
- Pensión por vejez: para trabajadores de 65 años o más.
En ambos casos se requiere haber cotizado al menos 500 semanas ante el IMSS. El monto de la pensión se calcula con base en el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente cinco años laborales).
Porcentajes de pensión según la edad de retiro
La edad de jubilación influye directamente en el porcentaje de pensión que recibirá el trabajador:
- 65 años: 100% de la pensión (vejez).
- 64 años: 95% (cesantía).
- 63 años: 90% (cesantía).
- 62 años: 85% (cesantía).
- 61 años: 80% (cesantía).
- 60 años: 75% (cesantía).
Es importante señalar que a menor edad, menor porcentaje de pensión.
Recursos que se entregan al jubilarse
Al momento de la jubilación, el trabajador recibe en efectivo los siguientes conceptos:
- SAR 92-97 (incluye SAR IMSS 1992 y SAR Infonavit 1992).
- Retiro 97 (desde 1997 hasta la fecha de retiro).
- Infonavit 1997.
Además, los recursos de las subcuentas de cesantía en edad avanzada y vejez, así como la cuota social, se canalizan al pago de la pensión mensual del jubilado.
¿Qué sucede si no se cumple con el mínimo de semanas cotizadas?
Si el trabajador tiene 60 años o más pero no cumple con las 500 semanas cotizadas, el IMSS determina una negativa de pensión. En ese caso, el trabajador tiene derecho a recibir en una sola exhibición todos los recursos ahorrados en su cuenta de Afore. Además, los recursos del SAR IMSS 92 y SAR Infonavit 92 se entregarán al cumplir 65 años.
Esta modalidad garantiza que, aunque no se cumplan los requisitos para una pensión vitalicia, el trabajador no pierde su ahorro para el retiro.



