Doble Hoy No Circula: Restricciones y exenciones en la Ciudad de México
La Comisión Ambiental de la Megalópolis confirmó que la Fase I de contingencia ambiental por ozono permanece activa en la Ciudad de México y el Valle de México, tras el mal pronóstico de calidad del aire registrado el 16 de febrero de 2026. Esta medida incluye la implementación del "Doble Hoy No Circula", diseñado para reducir la exposición de la población a contaminantes y disminuir las emisiones nocivas de vehículos.
Multas por incumplir las restricciones
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX, los conductores que violen las normas de la contingencia ambiental enfrentarán sanciones económicas. Las autoridades pueden imponer multas que superan los 3 mil pesos, enfatizando la importancia de respetar las disposiciones para proteger la salud pública y el medio ambiente.
Vehículos con restricción de circulación
Desde las 5:00 hasta las 22:00 horas, los siguientes vehículos deben suspender su circulación debido a la contingencia:
- Vehículos de uso particular con holograma de verificación "2".
- Vehículos con holograma de verificación "1" y último dígito de placa 1, 3, 5, 6, 7 o 9.
- Vehículos con holograma de verificación "0" o "00", engomado amarillo, y terminación de placa 5 o 6.
Vehículos totalmente exentos del programa
En contraste, diversos tipos de vehículos están completamente exentos de las restricciones del Doble Hoy No Circula. Estos incluyen:
- Vehículos eléctricos e híbridos, así como aquellos con matrícula ecológica o holograma tipo exento.
- Motocicletas.
- Vehículos con holograma "0" o "00" vigente, si tienen engomado diferente al amarillo o terminación de placa distinta a 5 o 6.
- Vehículos de uso particular utilizados en emergencias médicas manifiestas y urgentes.
- Taxis, que pueden circular de 5:00 a 10:00 horas en días de restricción, independientemente del holograma.
- Vehículos de servicios urbanos para emergencias, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, con holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos para cortejos fúnebres y servicios funerarios, con holograma vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad, con Permiso de Exención, Holograma de Discapacidad o placa especial.
- Transporte de residuos y materiales peligrosos con autorización, excepto combustibles como gasolina, diésel y gas L.P.
- Vehículos de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses, autobuses) con placa federal o local, que cumplan con verificación.
- Vehículos que transportan mercancías perecederas en unidades refrigeradas, así como revolvedoras de concreto.
Recomendaciones para conductores
La comisión ambiental sugiere a los conductores cargar combustible en horarios específicos: después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas. Además, se recomienda evitar cargar más gasolina una vez que se libere el seguro de la pistola de llenado, para minimizar emisiones durante el proceso.
Esta información, basada en datos de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, busca orientar a los ciudadanos sobre las medidas de contingencia y promover un transporte más sostenible en la capital mexicana.



