La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que endurecen los controles contra el lavado de dinero para empresas y personas físicas que realizan actividades vulnerables, como subastas, comercialización de vehículos, juegos con apuestas, concursos y sorteos, entre otras.
La normativa, que responde a las reformas legales aprobadas entre 2025 y 2026, busca alinear a México con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Entre los principales cambios destacan la obligación de implementar sistemas automatizados capaces de monitorear operaciones en tiempo real, acumular montos, detectar desviaciones del perfil transaccional y generar alertas de riesgo de forma inmediata, así como la implementación de una auditoría anual obligatoria a partir de 2028.
Enfoque basado en riesgo y mayor identificación de clientes
Con la nueva regulación, los sujetos obligados deberán evaluar, clasificar y documentar el nivel de riesgo de sus clientes o usuarios —en bajo, medio o alto—, tomando en cuenta aspectos como canales de operación, productos y zonas geográficas. La normativa también endurece la identificación reforzada del beneficiario controlador y el tratamiento para personas políticamente expuestas.
De acuerdo con Hacienda, la actualización de los lineamientos responde a la implementación de las reformas legales aprobadas entre 2025 y 2026, con el propósito de alinear a México con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Además, se establece la actualización obligatoria del Manual de Políticas Internas y la capacitación anual del personal.
Actividades vulnerables y montos de referencia
La ley considera vulnerables ciertas actividades a partir de un valor determinado. Por ejemplo, la construcción o desarrollo de bienes inmuebles cuando supera las 8,025 UMA diarias, la comercialización de metales y piedras preciosas, joyas o relojes cuando supera las 805 UMA diarias, y la subasta o comercialización de obras de arte cuando supera las 4,815 UMA diarias.
Otras actividades incluyen juegos con apuestas, concursos o sorteos, emisión o comercialización de tarjetas de servicios, prepagadas o cheques de viajero, mutuos, préstamos o créditos por personas distintas a entidades financieras, desarrollo inmobiliario y compraventa de inmuebles, comercialización de joyas, metales preciosos, relojes y obras de arte, subasta o comercialización de vehículos nuevos o usados, y prestación de servicios profesionales independientes cuando se manejan cuentas o bienes del cliente.
Calendario escalonado y auditoría anual
Para garantizar una transición ordenada, la Secretaría de Hacienda diseñó un calendario escalonado. Aunque el acuerdo entra en vigor de manera general el 30 de noviembre de 2026, las distintas obligaciones cuentan con plazos específicos. A partir del 1 de marzo de 2027, las empresas deberán tener disponibles, ante cualquier requerimiento de la autoridad, tanto la evaluación de riesgos como el Manual de Políticas Internas actualizado. En esa misma fecha comenzarán a aplicar las reglas relativas al conocimiento del cliente y beneficiario controlador.
El plazo límite para integrar los mecanismos automatizados de monitoreo vence el 1 de junio de 2027. La gran novedad del marco regulatorio es la instauración de la auditoría anual obligatoria. El primer periodo sujeto a revisión abarcará del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028. Para aquellas entidades o personas clasificadas en nivel de riesgo alto, la revisión y el dictamen corresponderán exclusivamente a un auditor externo independiente que cumpla con los requisitos estipulados por la autoridad.
Con este modelo de cumplimiento proporcional, las autoridades buscan optimizar la supervisión e intensificar la fiscalización en los sectores con mayor exposición al uso de recursos de procedencia ilícita.
La Secretaría de Hacienda refrenda su compromiso de fortalecer el sistema nacional para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en apego al marco jurídico vigente y a los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), contribuyendo a la protección de la integridad del sistema financiero y al fortalecimiento de los mecanismos de prevención y combate al lavado de dinero, destacó la dependencia en un comunicado.
La implementación gradual permitirá ajustar sistemas, manuales, capacitación y supervisión. El primer dictamen de auditoría deberá presentarse a más tardar en marzo de 2029, lo que marca el inicio de un nuevo ciclo de cumplimiento para los sujetos obligados.



