IMSS Permite Aumentar la Pensión por Cesantía o Vejez con Beneficiarios Dependientes
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece la posibilidad de incrementar el monto mensual de la pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez para aquellos pensionados que registren beneficiarios bajo el Régimen 1973. Este beneficio, conocido como asignación familiar, proporciona un apoyo económico adicional destinado a cubrir las cargas familiares del pensionado, siempre y cuando los familiares dependan económicamente de él y cumplan con ciertos requisitos específicos de edad o condición.
Detalles de la Asignación Familiar en el Régimen 1973
Los pensionados pueden recibir un porcentaje extra sobre su pensión base por los siguientes beneficiarios:
- 15% por esposa o concubina.
- 10% por cada hijo menor de 16 años.
- 10% por cada hijo de 16 a 25 años, siempre que estudie en una institución del Sistema Educativo Nacional y presente una constancia oficial que acredite su situación académica.
- 10% por cada hijo con discapacidad o inhabilitación para trabajar, sin límite de edad, mientras persista la condición médica.
Es importante destacar que, en el caso de los hijos mayores de 16 años, la asignación se mantiene hasta los 25 años únicamente si continúan sus estudios y no están inscritos en el régimen obligatorio del IMSS. Las asignaciones familiares cesan cuando el beneficiario fallece o cuando los hijos alcanzan la edad límite y ya no están estudiando.
Alternativas para Pensionados sin Esposa o Hijos
Si el pensionado no cuenta con esposa, concubina o hijos que cumplan los supuestos anteriores, aún puede acceder a beneficios adicionales:
- 10% por cada padre, siempre que dependa económicamente del pensionado.
- Si solo tiene un ascendiente, se otorga además una ayuda asistencial del 10% adicional.
- En situaciones donde no existan esposa, hijos ni padres dependientes, el IMSS puede conceder una ayuda asistencial del 15% sobre la pensión.
Ajustes y Requisitos para las Asignaciones
El porcentaje de la asignación puede ser menor al indicado si se aplican ajustes conforme al artículo 169 de la Ley del Seguro Social, vigente hasta el 30 de junio de 1997. Para recibir estos beneficios, es fundamental acreditar el parentesco y la dependencia económica ante el IMSS, presentando la documentación correspondiente que respalde dicha situación.
Estas medidas tienen como objetivo apoyar a los pensionados que enfrentan cargas familiares, asegurando un ingreso mayor adaptado a sus circunstancias personales. Se recomienda a los interesados consultar directamente con el IMSS para verificar los requisitos específicos y completar el proceso de registro de beneficiarios de manera oportuna.



