SCJN amplía acceso a pensión por fallecimiento del IMSS: ahora incluye cuidadores y dependientes
SCJN amplía pensión IMSS a cuidadores y dependientes económicos

Fallo histórico de la SCJN redefine el acceso a las pensiones del IMSS

En un movimiento que transforma el panorama de la seguridad social en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió a finales de 2025 un fallo revolucionario que amplía significativamente el criterio para acceder a la pensión por fallecimiento del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Esta decisión judicial, que invalida restricciones anteriores, permite que no solo familiares directos como padres o abuelos, sino también otras personas que demuestren haber sido dependientes económicos o haber asumido el rol de cuidado del asegurado, puedan cobrar este beneficio vital.

¿Qué cambió exactamente en la pensión por fallecimiento?

La SCJN declaró inconstitucional un artículo específico del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS, el cual limitaba la llamada pensión por ascendencia exclusivamente a padres, abuelos y bisabuelos. Con este nuevo criterio, el IMSS está obligado a ajustar sus procedimientos de evaluación para considerar no únicamente el parentesco directo, sino también la relación real y efectiva entre el trabajador fallecido y el solicitante. El fallo establece claramente que pueden acceder al beneficio quienes acrediten:

  • Haber brindado cuidados y asistencia continua al asegurado.
  • Haber mantenido una relación de dependencia económica con el trabajador.
  • Haber cumplido un rol familiar efectivo, incluso si no existe un parentesco en línea directa.

El caso concreto que impulsó este cambio

La resolución se originó tras un amparo promovido por una mujer que era tía de un trabajador fallecido. Ella lo crió desde su infancia y, en sus últimos años, dependía económicamente de él. Inicialmente, el IMSS le negó la pensión argumentando que no era una ascendiente directa. Sin embargo, la SCJN determinó que esta limitación vulneraba el derecho fundamental a la seguridad social, al no reconocer las diversas estructuras familiares y relaciones de apoyo que existen en la sociedad mexicana.

Implicaciones y alcance nacional del fallo

Este cambio jurisprudencial significa que, a partir de ahora, más personas podrán solicitar la pensión del IMSS por fallecimiento, siempre que puedan acreditar una relación de cuidado o dependencia económica con el asegurado. La Corte precisó que el acceso a la seguridad social debe reflejar la realidad de las relaciones de afecto, asistencia y apoyo mutuo, y no restringirse únicamente a los vínculos formales de parentesco. El IMSS deberá aplicar este nuevo criterio en todo el territorio nacional, lo que podría tener un impacto sustancial en futuros trámites de pensión y ampliar la cobertura a una gama más diversa de configuraciones familiares y comunitarias.

Este fallo subraya un avance significativo en la protección social, reconociendo que las dinámicas familiares y de cuidado en México son complejas y merecen ser consideradas en el marco de los derechos laborales y de seguridad social.