Diputados aprueban reforma de derechos de autor para proteger a artistas de la IA
Reforma protege a artistas de la inteligencia artificial

Diputados aprueban reforma de derechos de autor para proteger a artistas de la inteligencia artificial

La Cámara de Diputados ha dado un paso significativo en la protección de los creadores al aprobar una reforma que modifica la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal del Derecho de Autor. Esta iniciativa busca salvaguardar a los artistas, intérpretes y ejecutantes del uso no autorizado de sus interpretaciones mediante sistemas de inteligencia artificial, asegurando sus derechos laborales y profesionales.

Prohibición del uso no consentido de herramientas tecnológicas

El proyecto de decreto, aprobado con 335 votos a favor y 129 en contra, incorpora un nuevo artículo que prohíbe expresamente la reproducción total o parcial de interpretaciones artísticas a través de herramientas tecnológicas computacionales, incluidas aquellas basadas en inteligencia artificial. Esto solo podrá realizarse con el consentimiento expreso, libre e informado del artista y con la remuneración correspondiente.

Además, la reforma amplía la protección jurídica al reconocer que la voz forma parte del derecho a la imagen de las personas. Así, cualquier utilización de la voz o imagen en formatos o sistemas de inteligencia artificial requerirá autorización, la cual podrá ser revocada por quien la haya otorgado.

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Cambios específicos en las leyes laboral y de derechos de autor

El diputado de Morena, Ricardo Monreal, presentó siete reservas que fueron aprobadas, modificando tanto la Ley Federal del Trabajo como la Ley Federal del Derecho de Autor. En la ley laboral, se ajustaron los artículos 304, 305 y 994. Destaca el artículo 305, que establece que en los contratos laborales de intérpretes o ejecutantes se deben estipular las condiciones y remuneración por el uso de su imagen o voz mediante IA u otras tecnologías.

En la ley de derechos de autor, se realizaron cuatro cambios clave. El artículo 87 fija que la imagen, incluida la voz, de los artistas solo puede usarse con su consentimiento expreso o el de sus representantes. Sin embargo, se aclara que no se considerará violación cuando el uso sea con fines de parodia, sátira o imitación creativa. El artículo 121 establece que cualquier clonación o suplantación de voz o imagen con IA requerirá un acuerdo previo y por escrito entre las partes.

Críticas de la oposición por falta de análisis

Durante la discusión, legisladores de oposición, aunque a favor de otorgar derechos a los intérpretes, expresaron su descontento al acusar que la reforma no fue suficientemente analizada. Jorge Alfredo Lozoya, diputado de Movimiento Ciudadano, señaló que es inaceptable regular la inteligencia artificial sin una definición técnica en el texto legal, lo que podría crear vacíos y obligar a los tribunales a legislar desde el escritorio.

Por su parte, Juan Antonio Meléndez Ortega, del PRI, resaltó que el oficialismo pretende votar una ley no consultada ni analizada con cuidado, lo que podría afectar seriamente los derechos del gremio cultural en lugar de beneficiarlos. Ambos enfatizaron la necesidad de una regulación más establecida en materia de IA y una mayor inclusión de expertos en el proceso legislativo.

La minuta ha sido enviada al Senado para su futura discusión, marcando un avance en la legislación mexicana sobre derechos de autor en la era digital, aunque con desafíos pendientes en su implementación y claridad técnica.

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