El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene en sus manos una asignatura pendiente: garantizar los derechos de las audiencias. En su columna en Excélsior, José Buendía Hegewisch defiende que estos derechos son, ante todo, un mecanismo de control democrático sobre los medios de comunicación. La Constitución mexicana, en su artículo 6o, reconoce el derecho de las audiencias a recibir una información veraz, objetiva e imparcial. Sin embargo, la distancia entre el texto constitucional y la práctica real es enorme. Por eso, el autor sostiene que es indispensable que el órgano regulador actúe con eficacia para que los derechos no se queden en letra muerta.
¿Qué establece la ley sobre los derechos de las audiencias?
La Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, producto de la reforma constitucional de 2013, otorga a las audiencias una serie de prerrogativas. Entre ellas destacan la posibilidad de expresar sus opiniones sobre la programación, el derecho a que se distinga claramente la publicidad del contenido editorial, y la obligación de los concesionarios de contar con un Defensor de las Audiencias. Para hacer operativo este derecho, el IFT emitió en 2017 los Lineamientos Generales sobre los Derechos de las Audiencias, donde se establecen los procedimientos para presentar quejas y las obligaciones específicas de los medios. No obstante, como lo señala el columnista, la existencia de una norma no basta; se requiere de una autoridad que controle su cumplimiento y que sancione a los infractores.
El IFT: entre la garantía y el control
El IFT no solo tiene la atribución de fomentar la competencia en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión, sino también la de garantizar los derechos de los usuarios y las audiencias. En materia de contenidos, puede imponer multas que van desde un mínimo hasta varios millones de pesos, dependiendo de la gravedad de la falta. También puede ordenar la rectificación de información falsa o inexacta. Sin embargo, la percepción de la sociedad es que el IFT ha utilizado poco estas facultades. Buendía Hegewisch advierte que la agenda del regulador en México se ha concentrado en temas de competencia económica y de cobertura, dejando de lado la calidad de la programación y el respeto a los derechos de las audiencias. Esto es un error, porque la garantía de estos derechos es también una forma de limitar el poder de los medios de comunicación, especialmente en un contexto de alta concentración mediática y de reproducción de discursos de odio o noticias falsas.
El autor subraya que el control debe ser preventivo y correctivo. Preventivo, para que los medios sepan de antemano cuáles son los estándares informativos que deben cumplir. Correctivo, para que, cuando se viole un derecho, el IFT actúe de inmediato y con transparencia. La sanción no debe ser vista como un castigo, sino como un mecanismo pedagógico que refuerce la responsabilidad social de los medios. Pero para ello, el IFT debe tener voluntad política y recursos suficientes. La falta de actuación en este ámbito ha generado que los derechos de las audiencias sean percibidos como una promesa vacía.
El Defensor de las Audiencias: una figura en entredicho
Uno de los pilares de los derechos de las audiencias es la figura del Defensor de las Audiencias. Según la ley, cada concesionario de radio y televisión debe nombrar a un ombudsman que reciba las quejas del público, las investigue y emita recomendaciones. El objetivo es crear un puente entre la audiencia y la programación. No obstante, en la práctica, la mayoría de estos defensores dependen económicamente de la propia empresa, lo que compromete su independencia. La Sociedad Interamericana de Prensa y otras organizaciones han señalado que, sin autonomía, el defensor se convierte en un simple mediador que rara vez decide contra los intereses de quien lo nombra.
Buendía Hegewisch plantea que el IFT debe vigilar de cerca la designación de los defensores y exigir que publiquen informes periódicos. Asimismo, debería establecer criterios mínimos para garantizar que tengan un presupuesto propio y no puedan ser removidos sin causa justificada. La idea es que la audiencia tenga un interlocutor real y no una figura decorativa. Mientras eso no ocurra, los derechos de las audiencias carecerán de un canal efectivo para expresarse.
Los retos contemporáneos: desinformación y pluralismo
El derecho de las audiencias no se agota en la radio y la televisión. La era digital ha planteado nuevos desafíos. Las plataformas como YouTube, TikTok o X (antes Twitter) se han convertido en espacios donde circula información sin la verificación necesaria, y los medios tradicionales no siempre cumplen con su función de filtrar el contenido. En este escenario, el papel del IFT se vuelve más complejo, pues su competencia se limita a los medios concesionados. No obstante, eso no exime a los medios tradicionales de ser rigurosos con la verdad.
El columnista aboga por un control social complementario. La ciudadanía debe desarrollar una actitud crítica frente a los contenidos y exigir transparencia en la propiedad de los medios, así como en los criterios editoriales. Los derechos de las audiencias implican también el derecho a la réplica y a la rectificación. En un contexto de polarización política, garantizar el pluralismo y la imparcialidad informativa es esencial para la salud democrática. Sin una audiencia activa y vigilante, los derechos establecidos en la ley quedan inermes.
Conclusión: la deuda pendiente
La garantía de los derechos de las audiencias sigue siendo una asignatura pendiente en México. A pesar del marco legal y de las atribuciones del IFT, la realidad muestra que los medios no siempre rinden cuentas ante su público. La columna de José Buendía Hegewisch es un llamado urgente para que el IFT asuma su papel como vigilante de los derechos de las audiencias, y para que la sociedad civil se convierta en un contrapeso efectivo. Sin control, no hay derecho; sin garantía, no hay democracia. El reto es pasar de la retórica a la acción concreta, para que la audiencia deje de ser un espectador pasivo y se convierta en un actor con capacidad de influir en los contenidos que consume.



