Hidalgo aprueba prisión de hasta tres años por terapias de conversión sexual
Hidalgo: hasta tres años de cárcel por terapias de conversión

El Congreso del Estado de Hidalgo aprobó una reforma al Código Penal para tipificar como delito las llamadas terapias de conversión, por lo que quienes las realicen, promuevan, financien o impongan podrán enfrentar penas de uno a tres años de prisión, además de multas de entre 150 y 300 días.

Detalles de la reforma

La modificación incorpora el Título Décimo Tercero Bis, denominado Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, y crea el artículo 276 Bis, mediante el cual se sancionan las prácticas orientadas a modificar, reprimir o cambiar la orientación sexoafectiva, la identidad o la expresión de género de una persona mediante cualquier forma de violencia.

La legislación establece que estas conductas incluyen sesiones psicológicas o psiquiátricas, tratamientos, métodos o cualquier intervención que tenga como finalidad alterar la orientación sexoafectiva o la identidad de género de las personas.

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Agravantes y sanciones

Las sanciones podrán incrementarse hasta en una mitad cuando la víctima sea menor de edad, persona adulta mayor o alguien que no pueda comprender el significado del hecho o resistirlo. También se agravarán si existe una relación de subordinación con el responsable o cuando el delito sea cometido por un servidor público aprovechando su cargo.

En estos últimos casos, además de la pena privativa de la libertad, el responsable será destituido e inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público por un periodo equivalente al de la condena. La reforma establece que este delito se perseguirá por querella, salvo cuando las víctimas sean menores de edad o personas incapaces de comprender o resistir el hecho.

Contexto de la aprobación

La tipificación fue avalada como parte de un paquete de reformas al Código Penal de Hidalgo orientadas a fortalecer la protección de los derechos humanos y actualizar diversos tipos penales.

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