SCJN viola su propio reglamento al postergar indefinidamente debate sobre aborto en Aguascalientes
SCJN viola reglamento y posterga debate sobre aborto en Aguascalientes

La Suprema Corte incumple sus propias normas en caso de aborto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha superado ampliamente el plazo de un mes sin volver a agendar la discusión sobre la inconstitucionalidad de reducir el plazo para el aborto legal en Aguascalientes, violando flagrantemente su propio reglamento interno. Este retraso indefinido ocurre pese a que la normativa emitida por la autodenominada "nueva Corte" establece un límite máximo de 30 días naturales para reprogramar un asunto retirado de la lista del Pleno.

El proyecto del ministro Espinosa y su abrupta postergación

El ministro Irving Espinosa Betanzo elaboró un proyecto que busca declarar inconstitucional la reforma al Código Penal de Aguascalientes, la cual redujo el plazo legal para abortar de 12 a 6 semanas. Según el documento, esta modificación es:

  • Regresiva y desproporcionada
  • Una criminalización del aborto
  • Una vulneración al derecho a la salud de las mujeres

"El sistema normativo cuestionado representa una reducción desproporcionada del plazo de 12 semanas con que contaban las mujeres y personas gestantes para poder interrumpir su embarazo", señala el proyecto. Además, critica que las autoridades locales no acataron la Constitución en materia de reconocimiento de la vida desde la concepción.

Retiro irregular y vacío legal

El asunto, correspondiente a las acciones de inconstitucionalidad 172/2024 y 173/2024 promovidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Presidencia de la República, estaba programado para el 6 de enero. Sin embargo, tras críticas de la Iglesia católica y miembros del PAN, fue retirado de la lista no por solicitud del ministro Espinosa—como establece el reglamento—sino por la Secretaría General de Acuerdos (SGA), a cargo de Daniel Álvarez Toledo.

El Artículo 19 del reglamento indica que, una vez retirado, el asunto debe volver a listarse en un plazo no mayor a 30 días naturales. No obstante, la normativa no especifica qué ocurre si este plazo se incumple, creando un vacío legal que permite mantener el caso en suspenso indefinidamente.

Consecuencias para las mujeres de Aguascalientes

Mientras la SGA no reprograma la discusión, las reformas impugnadas en Aguascalientes pueden aplicarse sin obstáculos, poniendo en riesgo a mujeres y personas gestantes que aborten después de las seis semanas de gestación. Esta situación evidencia una grave omisión institucional que prioriza intereses políticos sobre los derechos humanos y la salud pública.

La falta de sanción por este incumplimiento reglamentario refuerza la impunidad dentro del máximo tribunal y socava su credibilidad como garante de la constitucionalidad en temas sensibles como el aborto.